![]() |
En un giro importante dentro del Derecho Familiar, los tribunales mexicanos han dejado atrás el criterio tradicional que otorgaba de manera casi automática la guarda y custodia de los menores a las madres, señaló el abogado Jorge Alberto Parra, especialista en materia civil y familiar.
Durante una entrevista, Parra explicó que actualmente los jueces adoptan un enfoque más equilibrado, analizando cada caso de forma individual, con base en el principio del interés superior del menor, dejando de lado estereotipos o favoritismos de género.
"No es que haya un aumento significativo en la asignación de custodia a padres varones, pero sí se ha dejado de aplicar aquella vieja regla que prefería siempre a la madre, ahora, el juez debe valorar qué es lo mejor para el niño o la niña en función del entorno, la estabilidad emocional y la capacidad de crianza de cada progenitor", precisó.
El abogado enfatizó que la pérdida de la patria potestad o la guarda y custodia no se da por cuestión de género, sino únicamente cuando uno de los padres representa un riesgo o inconveniente para el desarrollo del menor.
Otro de los puntos clave abordados por Parra fue que, en los juicios familiares, no existe un principio de definitividad, esto significa que las decisiones relacionadas con la patria potestad o los regímenes de convivencia pueden ser modificadas si cambian las circunstancias.
"He tenido casos donde al inicio se niega la convivencia a uno de los padres, o se establece una convivencia asistida en el Centro de Convivencia Familiar (Secofan), pero conforme avanza el juicio, si se demuestra que no hay impedimentos, se puede ordenar una convivencia plena", explicó.
Este principio de flexibilidad responde a la naturaleza cambiante de las relaciones familiares, y permite que los menores puedan mantener vínculos significativos con ambos progenitores, siempre que se garantice un ambiente sano y seguro.
Finalmente, Parra subrayó que la convivencia con ambos padres es fundamental para el desarrollo integral de los menores, ya que fomenta un equilibrio emocional y refuerza los lazos afectivos familiares.
"No se trata de lo que un padre opine del otro, sino de lo que se logre acreditar en el proceso, si ambos padres cumplen con sus obligaciones y no existe riesgo para el menor, lo justo es que haya una convivencia armónica con ambos", concluyó.
Este nuevo enfoque en los tribunales representa un avance en la lucha contra los estereotipos de género en la justicia familiar y abre paso a decisiones más equitativas y centradas en el bienestar real de las niñas y niños.