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18 de mayo del 2025
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Estado

TEV confirma obstrucción de funciones a síndica de Río Blanco

El TEV avala que Janett del Valle Lara fue obstaculizada y ordena investigar a funcionarios implicados

Río Blanco | 2025-05-18 | Nora Gabriela Lira
TEV confirma obstrucción de funciones a síndica de Río Blanco
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Una vez más, el Tribunal Electoral de Veracruz emitió una resolución en contra funcionarios del ayuntamiento de Río Blanco, incluido el extesorero José Gómez Deyta, actual candidato del Morena a la alcaldía, al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano JDC/15/2025, donde se confirma que la síndica única, Janett Paola del Valle Lara, ha sido bloqueada y obstruida en el ejercicio de sus funciones.

"Se declara fundada la obstaculización en el ejercicio del cargo de la actora e inexistente la violencia política contra las mujeres en razón de género en los términos precisados en considerado sexto de la presente sentencia", se puntualizó en el documento.

La sentencia indica que pese a el ex funcionario ahora es candidato a la presidencia municipal de Río Blanco por Morena, el Órgano Interno de Control deberá investigar las acciones y omisiones que obstruyeron las funciones de la síndica y sancionar de acuerdo a la responsabilidad en que haya incurrido, así como abrir otro Juicio de Protección de Derechos para conocer de hechos que siguieron obstruyendo su labor. 

  • Este acuerdo fue resuelto por unanimidad de votos de las magistradas y magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz.

Cabe mencionar que en los hechos expuestos por la afectada se señala que el alcalde de Río Blanco, el tesorero, el coordinador de Ingresos y Contralor interno municipal le han negado información clave y documentación oficial, esencial para cumplir con su deber de fiscalización de los recursos públicos.

Cabe recordar que de acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia, la violencia política contra las mujeres en razón de género: es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres.

Asimismo, afectar el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo; sin embargo, a decir de los magistrados, ésta no fue acreditada.

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