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La reciente resolución de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SER TEPJF) en contra del periodista de Veracruz Ángel Camarillo ha reavivado el debate sobre el uso de la legislación en materia de violencia política de género y su impacto en la libertad de prensa en México.
ARTICLE 19, organización defensora de la libertad de expresión, expresó su rechazo a dicha sentencia, considerándola un caso preocupante de judicialización del ejercicio periodístico.
El fallo obliga al reporteroa retirar la publicación, emitir una disculpa pública, pagar una multa e inscribirse en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política de Género.
ARTICLE 19 sostiene que el contenido del reportaje aborda un tema de interés público, al documentar relaciones de parentesco que, desde su perspectiva, influyen en la toma de decisiones públicas.
“La publicación por la que fue sancionado Camarillo expone más de una decena de casos de vínculos familiares entre funcionarios y candidaturas municipales en Veracruz, incluyendo el caso de una entonces candidata a alcaldesa de Teocelo, hija del alcalde en funciones”, precisó la organización.
En un comunicado, ARTICLE 19 calificó la resolución como un uso indebido del marco legal sobre violencia política de género, al considerar que fue empleado como herramienta de censura. “El reportaje no se enfocó en género, sino en redes familiares que inciden en la administración pública”, señaló.
En 2021, tras las elecciones municipales en Veracruz, Ángel Camarillo, reportero del portal Al Calor Político, publicó un reportaje que documentaba múltiples casos de nepotismo en el estado.
En su investigación se detallaban más de diez vínculos familiares entre personas aspirantes a cargos públicos y quienes ya los ocupaban. Padres, madres, hijos, hermanos, cónyuges y primos aparecían entrelazados en una red de relaciones de poder que, según el reportaje, permeaba al menos diez municipios de la entidad.
Uno de los casos destacados fue el de una candidata a una alcaldía, hija del entonces presidente municipal, lo cual motivó la denuncia en su contra. La candidata acusó al periodista de incurrir en violencia política de género.
Este 2025, la SER TEPJF dictó una resolución que obliga al periodista a pagar una multa, retirar el reportaje de circulación, ofrecer una disculpa pública y quedar inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política de Género.
Para ARTICLE 19, esta decisión representa un uso indebido de un marco legal que originalmente fue creado para proteger los derechos político-electorales de las mujeres.
La organización reconoció la necesidad de contar con mecanismos sólidos para erradicar todas las formas de violencia de género, especialmente en estados como Veracruz, donde colectivos feministas han denunciado la gravedad del problema.
No obstante, advirtió que este tipo de fallos pueden ser utilizados para suprimir investigaciones de interés público bajo el pretexto de proteger derechos individuales.
En su informe Barreras informativas 2024, ARTICLE 19 alertó sobre el aumento del hostigamiento judicial contra periodistas, documentando al menos 21 casos en los que se abrieron procesos legales por publicaciones periodísticas.
Del total, el 28.57 % involucró el uso de las disposiciones sobre violencia política de género como un mecanismo de censura.
En el caso de Camarillo, la publicación no se centraba exclusivamente en una figura femenina ni tenía como propósito afectar su condición de mujer, sino que formaba parte de una investigación más amplia sobre redes familiares en el poder.
ARTICLE 19 recordó que tanto la Comisión como la Corte Interamericanas de Derechos Humanos han establecido que quienes ocupan cargos públicos están sujetos a un mayor nivel de escrutinio.
El análisis de casos como este debe considerar el contexto completo del contenido difundido. Para determinar si una publicación constituye violencia política de género, es indispensable que cumpla con ciertos elementos: que se dirija a una mujer por serlo, que tenga un impacto diferenciado y que limite o anule el ejercicio de sus derechos político-electorales.
ARTICLE 19 exhortó a la Sala Superior del Tribunal Electoral a revisar con rigor el recurso interpuesto por el periodista, apelando a los más altos estándares internacionales en materia de libertad de expresión.
Manifestó que un fallo de esta naturaleza puede sentar un precedente que inhiba la labor de periodistas que investigan a funcionarios y aspirantes a cargos públicos.
La organización hizo un llamado a las autoridades electorales para que actúen con responsabilidad y garanticen que las leyes no se conviertan en instrumentos de represión.
(CON INFORMACIÓN DE JESÚS RUIZ)