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Con 34 votos a favor, el Congreso de Veracruz aprobó reformas a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado para crear el Buzón Fiscalizador, una herramienta electrónica que permitirá el envío y recepción de información en los procesos de auditoría.
El dictamen, propuesto por la Comisión Permanente de Vigilancia y presentado por el diputado Miguel Guillermo Pintos Guillén, establece que el acceso al Buzón se realizará mediante la e.firma expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
"Permitirá el envío y recepción de la información a través de una plataforma virtual cuyo acceso será con el uso de la e.firma expedida por el Sistema de Administración Tributaria", precisa el documento.
Durante la discusión, la diputada de Morena, Liud Herrera Félix, respaldó el proyecto al considerar que "la tecnología debe estar al servicio de la transparencia" y sostuvo que se fortalecerá "la legalidad en las acciones del Orfis". Además, planteó que el uso de plataformas digitales facilitará "una fiscalización más rápida, confiable y efectiva".
La reforma al artículo 9 de la Ley elimina la incertidumbre sobre el momento en que los entes fiscalizables deben entregar los recursos derivados de las obras públicas. "Dichos montos se destinan a la inspección, supervisión y vigilancia de estas como parte de la revisión sobre el ejercicio en el gasto público", indica el dictamen.
Asimismo, la iniciativa incorpora la perspectiva de género en el procedimiento de fiscalización. "Permitirá al Órgano verificar que el gasto de los entes obligados cumpla con los objetivos y metas en temas de igualdad, erradicación de violencia y toda forma de discriminación", señala el documento.
El ORFIS deberá resguardar la documentación en soporte físico y electrónico mediante el Sistema Integral para la Fiscalización, vinculado al Buzón Fiscalizador. "Contará con la infraestructura técnica para facilitar el tratamiento de los datos y que éstos se puedan ordenar, estructurar y clasificar en formatos específicos", se establece en la reforma al Artículo 11.
Las notificaciones electrónicas realizadas a través del Buzón surtirán efectos legales al tercer día hábil siguiente a su emisión, conforme al nuevo Artículo 24. "Las notificaciones electrónicas surtirán sus efectos al tercer día hábil siguiente a aquél en que se tengan por legalmente realizadas", detalla el dictamen.
Las autoridades y entes fiscalizables estarán obligados a registrar correos electrónicos oficiales y firmas electrónicas para atender los requerimientos del ORFIS. "Los servidores públicos de los Entes sujetos al Procedimiento de Fiscalización Superior deberán proporcionar al Órgano la dirección de correo electrónico oficial que le fue asignada", expone la reforma al Artículo 13.
El decreto establece que el ORFIS tendrá un plazo de 180 días para implementar la plataforma electrónica, mientras que los entes fiscalizables deberán proporcionar la información necesaria para su operación. El Buzón Fiscalizador será obligatorio una vez que entre en funciones, y la documentación enviada deberá archivarse también en formato físico.