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Realizar donativos no solo contribuye a causas sociales, sino que también puede representar un beneficio fiscal para los contribuyentes. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite la deducción de ciertos donativos en la declaración anual, siempre que cumplan con ciertos requisitos establecidos por la autoridad fiscal.
Sin embargo, no todos los donativos pueden incluirse en la declaración anual. Si piensas hacerlo, debes conocer qué tipo de aportaciones son deducibles, los límites aplicables y las condiciones que deben cumplirse. A continuación, te explicamos lo que debes saber al respecto.
De acuerdo con la información publicada por el SAT, los donativos que pueden deducirse son aquellos que no sean onerosos ni remunerativos, es decir, que no impliquen contraprestaciones a cambio. Además, deben otorgarse exclusivamente a instituciones que cuenten con autorización oficial para recibir donativos deducibles de impuestos o bien a la Federación.
En cuanto a los límites de deducción, el SAT establece que los contribuyentes pueden deducir hasta el 7% de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal inmediato anterior si los donativos fueron otorgados a Donatarias Autorizadas. Si los donativos fueron destinados a la Federación, el porcentaje máximo de deducción es del 4%.
Es importante recordar que el monto total de las deducciones personales está sujeto a un límite. Según el SAT, este límite no puede superar cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, lo que equivale a $206,367.60, o bien el 15% del total de los ingresos del contribuyente, tomando en cuenta siempre el monto que resulte menor.
Para asegurarte de que tu donativo sea deducible, toma en cuenta las siguientes recomendaciones:
Además, es importante evitar los siguientes errores que pueden impedir que tu donativo sea considerado en la declaración anual: