Imagen del Golfo 
FacebookTwitterYoutube
Imagen del Golfo
TIEMPO EN LA REGIÓN
04 de junio del 2025
Imagen del Golfo
Imagen del Golfo
Economia y Negocios

¿El SAT puede visitar tu domicilio? Esto debes saber si toca a tu puerta

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede realizar visitas domiciliarias sin previo aviso, y no se trata de un rumor

| 2025-06-04 | Saraí Conde
¿El SAT puede visitar tu domicilio? Esto debes saber si toca a tu puerta
Imagen del GolfoImagen del Golfo

Sí, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede realizar visitas domiciliarias sin previo aviso, y no se trata de un rumor: está plenamente respaldado por el Código Fiscal de la Federación (CFF).

Estas inspecciones, que han retomado fuerza a partir de junio de 2025, tienen como objetivo confirmar que los contribuyentes —tanto personas físicas como morales— cumplan correctamente con sus obligaciones fiscales.

Las visitas pueden ser motivadas por
inconsistencias en declaraciones, omisiones de pagos o dudas sobre el domicilio fiscal registrado, y están reguladas principalmente por los artículos 44 y 49 del CFF.

¿Cómo deben realizarse estas inspecciones?

Las reglas son claras. El personal del SAT debe identificarse mostrando su credencial oficial con fotografía y una orden de visita firmada por una autoridad competente. Este documento debe incluir:

  • Nombre del contribuyente

  • Domicilio fiscal

  • Fundamentos legales

  • Motivo específico de la visita

  • Si estos requisitos no se cumplen, puedes negar el acceso legalmente.

Días, horarios y testigos: lo que la ley exige

Las visitas solo pueden hacerse en días hábiles y en un horario de 7:30 a 18:00 horas. Cualquier diligencia fuera de este margen es inválida.

El contribuyente tiene derecho a designar a dos testigos. Si no lo hace, el personal del SAT puede nombrarlos, siempre que no tengan relación con la autoridad fiscal.

Además, durante la revisión deben entregarte la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado, que explica claramente los derechos que te asisten durante el proceso.

¿Cómo protegerte y qué hacer si no estás de acuerdo?


  • Solicita y verifica las credenciales oficiales
  • Confirma la validez de la orden
  • Guarda copias de todas las actas levantadas
  • Regulariza tu situación con declaraciones complementarias o pagos espontáneos

Si no estás conforme con los resultados de la revisión, puedes acudir a Prodecon para solicitar un acuerdo conclusivo, una vía alterna para resolver conflictos sin llegar a juicio.

La visita puede ser inesperada, pero tus derechos están bien definidos. Infórmate y actúa con seguridad

Imagen del Golfo

  • Lo último
  • Lo más leído
Imagen del Golfo
Imagen del GolfoImagen del Golfo

Facebook Imagen Del GolfoTwitter Imagen Del GolfoYoutube Imagen Del GolfoYoutube Imagen Del Golfo
NOSOTROS

Periódico digital en tiempo real con información preferentemente del Estado de Veracruz México